Queda en manos de la ANDE la aplicación efectiva de la ley de fuentes renovables

La Ley 7599 de generación de energía eléctrica de fuentes renovables no convencionales rompe el monopolio de la ANDE en producción y comercialización de electricidad. Pero ahora es la empresa estatal la que debe establecer la tarifa, la potencia y la conexión de la comercialización.

Esta Ley fue promulgada el 25 de diciembre del 2025 por el presidente Santiago Peña. Casi cinco meses después, ayer, el mismo Poder Ejecutivo reglamentó la norma para su implementación.

Sin embargo, aún no se podrá efectivizar su aplicación porque, según establece la ley que creó la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), a ésta le corresponde dictar las medidas técnicas, financieras y administrativas para que se operativicenla producción y comercialización de la energía eléctrica por parte de las personas y empresas que, de ahora en más, también podrán entrar en el negocio eléctrico.

“Paraguay abrió una puerta importante hacia la diversificación energética. La reglamentación da una señal positiva, pero ahora será fundamental que las reglas operativas sean claras, eficientes y técnicamente sólidas para generar confianza e inversiones”, recordó a El Prisma el empresario Massimiliano Corsi.

Corsi especificó que es la ANDE la que debe establecer estas reglas.

“Dependerá en gran parte de cómo la ANDE logre traducir el marco legal en condiciones operativas eficientes y competitivas, con tarifas, conexiones y potencias para la comercialización de la energía que se produzca en el sector privado”, subrayó.

Si no se dictan estas reglas de comercialización, la celebración de ayer por la reglamentación de la Ley no tendrá sentido, y los interesados en entrar en el negocio eléctrico seguirán esperando.

Una vez que se tengan listas las medias reglamentarias de la ANDE, cualquier persona o empresa podrá producir electricidad proveniente de energía solar, biomasa y eólica, es decir todas las energías renovables, menos la hidroeléctricas, también las llamadas hidráulicas, como las que producen Itaipú y Yacyretá. Puede usarla y venderla a la ANDE. O puede producir solo a los efectos de vender a la ANDE. Todo eso ya es ley.

 

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